La única función es participar de las asambleas ordinarias o extraordinarias para las que son convocados.
Los delegados suplentes sólo actuarán reemplazando a un titular, en caso que éste comunique por escrito que no podrá asistir a una asamblea.
El mandato del delegado se extiende desde la Asamblea Ordinaria para la que fue elegido y finaliza antes de la siguiente Asamblea Ordinaria.
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